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Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra la inmobiliaria por comercializar y arrendar un inmueble?

ARRIENDO RESIDENCIAL:

  • Contrato de un año, un canon de arrendamiento + IVA

ARRIENDO COMERCIAL:

  • Contrato de 1 a 3 años, un canon de arrendamiento + IVA
  • Contrato de 3 a 5 años, un canon y medio de arrendamiento + IVA
  • Contrato 5 a 10 años dos cánones de arrendamiento + IVA

¿Cuánto tiempo puede durar mi apartamento en ser arrendado?

El tiempo estimado para el arriendo de inmuebles dependerá de diversos factores, tales como: el estado del inmueble, las fotografías, las vías de acceso, facilidad de transporte público, la movilidad, la iluminación, situación del mercado inmobiliario y la flexibilidad de negociación.

¿Qué publicidad manejan?

  • Avisos en el inmueble
  • Publicación permanente en diferentes portales de internet
  • Publicación permanente en nuestra página web
  • Publicación en nuestras redes sociales
  • Gestión comercial de los asesores

¿Cuánto es el porcentaje que cobran por vender mi inmueble?

La inmobiliaria cobra el 3% sobre el precio fijado en la promesa de venta del inmueble, más el valor correspondiente a IVA.

¿Qué requisitos son necesarios para arrendar un inmueble?

  • Realizar un estudio por medio de una aseguradora o afianzadora enviando los siguientes documentos:

Persona natural:

Persona Jurídica:

Requisitos para el Arriendo:

¿Qué requisitos son necesarios para la compra de un inmueble?

VENDEDOR

  • Certificado de libertad y tradición vigente.
  • Copia de escritura.
  • Fotocopia de documentos de propietarios
  • Presentar los últimos 5 prediales del inmueble pagados.
  • Presentarse a la notaria con las cédulas (originales)
  • Paz y salvo de la administración del edificio con vigencia del último mes.
  • Paz y salvo de IDU vigente (en algunos casos la notaria los expide con el VUR)
  • Hacer pago notarial. Reciben efectivo, cheque y en algunos casos tarjeta por PSE, verificar primero con la notaria.
  • En caso de hipoteca se debe cancelar la deuda y hacer el debido tramite de escrituración ante la entidad bancaria.
  • Si la persona es mayor a 70 años debe aportar un certificado médico de lucidez
  • Pagar los gastos de escrituración y el impuesto de retención en la fuente

COMPRADOR

  • Preaprobación de crédito o el dinero disponible
  • Documentos originales y copias de quien va a escriturar
  • Acordar un precio de escrituración previamente
  • Pagar gastos de escrituración y el registro ante supernotariado
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